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IMPUESTOS

Entre el 10 y 13 de agosto vencen Declaraciones Juradas de Ganancias y Bienes Personales

Se aclaró que la medida forma parte del conjunto de herramientas ofrecidas por la AFIP para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias



La contadora Analía Álvarez (MP 545), investigadora del área Laboral del Centro de Estudios Científicos y Técnicos de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, comentó a La Mañana que la Administración Federal de Ingresos Públicos prorrogó la presentación y el pago de las Declaraciones Juradas del impuesto a las Ganancias, sobre los Bienes Personales e Impuesto Cedular del período fiscal 2019.

En este sentido, la profesional detalló que en el caso del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales, los nuevos vencimientos operarán -según la terminación del número de Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT) del responsable- entre los días 10 y 12 de agosto de 2020 para la presentación de las Declaraciones Juradas y entre los días 11 y 13 de agosto de este año para el ingreso del saldo resultante.

Asimismo, la especialista mencionó que en lo concerniente al Impuesto Cedular, los vencimientos para presentación y pago operarán en forma conjunta entre los días 11 y 13 de agosto de 2020, según la terminación del número de CUIT del responsable.

También, la experta mencionó que la Resolución General N° 4767/2020, publicada en el Boletín Oficial, tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de los y las contribuyentes, así como mejorar el trabajo de los y las profesionales de Ciencias Económicas en el marco del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio.

“La normativa también eleva de $ 1.500.000 hasta $ 2.000.000 de pesos el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los y las contribuyentes deben realizar una Declaración Jurada informativa correspondiente a los Impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2019”, explicó Analía Álvarez.



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