La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica ( ANMAT) prohibió este jueves, a través de su publicación en el Boletín Oficial, la comercialización de un vinagre de sidra de manzana.
Mediante la disposición 5060/2022, la ANMAT dispuso prohibir la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta electrónica del producto: "Vinagre de Sidra de Manzana Orgánico", marca: Salvia Morada.
En su considerando, se establece que la razón por la que se tomó esta medida fue debido a que el producto no puede ser comercializado como orgánico en la Argentina porque no cumple con la Resolución SENASA N° 374/2016 y la Ley 25.127.
En las actuaciones del VISTO se recibió un reclamo de un consumidor acerca del producto y atento a ello, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), realizó las Consultas Federales (CF) N° 7756 y N° 7757 a través del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA), a la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios de la provincia de Buenos Aires (DIPA), a los fines de verificar si el establecimiento y el producto se encontraban autorizados; la que informó que son inexistentes.