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Casación Federal fijó audiencia en el habeas corpus interpuesto por Naidenoff contra las medidas de aislamiento en Formosa

Será este miércoles a las 13 horas



Mariano Hernán Borinsky, Presidente de la Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal, fijó audiencia de informes para el día miércoles 27 de enero de 2021 a las 13:00 horas.

En el caso, se encuentra a estudio la acción de habeas corpus colectivo interpuesta por el Senador Nacional Luis Carlos Petcoff Naidenoff en favor de personas alojadas -incluso menores de edad- en centros de aislamiento que funcionan en la provincia de Formosa tales como el Estado Cincuencentenario.

Según sostiene Petcoff Naidenoff en su presentación, en los centros gubernamentales de aislamiento de la provincia de Formosa no se respetan mínimamente las condiciones de privacidad, intimidad, higiene y salubridad, ni las recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación.

El accionante invoca la afectación de derechos humanos tales como el derecho a la vida, a la salud y al medio ambiente. También sostiene que el accionar del estado provincial infringe el art. 205 del Código Penal referido a la propagación de la pandemia.

Además, Naidenoff afirma en su presentación que las medidas de aislamiento importan la convivencia de cientos de personas sin respetar su privacidad e intimidad y en condiciones precarias, compartiendo el mismo espacio físico tanto portadoras del virus Covid-19 como casos sospechosos sin diagnóstico definitivo.

El 19 de noviembre de 2020, la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso “Lee, Carlos Roberto y otro c/ Consejo de Atención Integral de la Emergencia Covid-19 Provincia de Formosa s/ amparo”, ordenó al gobierno de la provincia de Formosa que garantice el efectivo ingreso a ese territorio provincial, con cumplimiento de las medidas sanitarias que estime pertinentes, de todos los ciudadanos que lo solicitaban y le había sido vedado el ingreso.

En esta oportunidad, la Sala de Feria de la Cámara Federal de Casación Penal deberá determinar si la resolución del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 2 de Formosa que decretó la incompetencia del fuero federal, que fuera confirmada por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, provincia de Chaco, resulta ajustada a derecho y a las constancias de la causa.



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