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TARJETAS

El Banco Central prohíbe que se debiten automáticamente montos de préstamos

Es para débitos recurrentes. Desde ahora, se necesitará una autorización expresa de los clientes. Excluye impuestos y servicios



El Banco Central de la República Argentina ( BCRA) resolvió prohibir el uso del débito directo interbancario y el débito inmediato (DEBIN) recurrente para el cobro de cualquier concepto vinculado a préstamos, sin el consentimiento del titular.

Estas herramientas financieras siguen vigentes para todos los demás pagos de servicios e impuestos.

El instrumento que sí se podrá utilizar para los cobros vinculados a préstamos es el “DEBIN spot”, que requiere autorización expresa por parte del cliente receptor previo a la realización de cada débito.

A través de la Comunicación A 6909, emitida el miércoles pasado, el Banco Central estableció, además, que cuando un cliente solicite la reversión de un débito directo, la entidad originante de ese débito no podrá rechazar el pedido bajo ningún concepto y deberá darle curso indefectiblemente sin importar el monto dentro de las 72 horas hábiles.

Más allá de estas nuevas medidas, los clientes mantienen la posibilidad de dar de baja un débito directo en su propio banco, sin la necesidad de contactar a la empresa recaudadora o a la entidad receptora. Incluso cuando hayan sido adheridos por CBU. Tampoco es necesario que exista una razón específica para la baja.

En su comunicado, el BCRA señala textualmente: “El sistema de débito directo será admisible para el pago de facturas de servicios públicos y privados, impuestos, tasas y contribuciones cuando se encuentre asegurado el conocimiento por el cliente del importe a debitar con una antelación mínima de 5 días hábiles respecto a la fecha fijada para el débito. Será responsabilidad del ente ordenante informar a sus clientes dentro de estos plazos.

El sistema de débito directo no podrá ser utilizado para el cobro de cualquier concepto vinculado a préstamos.

Las entidades receptoras, por su parte, deberán informar oportunamente a sus clientes los débitos efectuados a través del extracto de cuenta, aunque también podrán hacerlo, opcionalmente, por medio de una notificación específica de débito. En cualquier caso, la información suministrada a los clientes por sus entidades servirá como comprobante del pago efectuado”.



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