En diálogo con La Mañana, el contador Abrahan Fridman evaluó que en la actualidad, el Impuesto a las Ganancias perjudica a diferentes sectores asalariados, por lo cual afirmó que a través de un proyecto de ley que pueda ser debatido en el Congreso de la Nación, es necesario proponer un “sistema más razonable” para aplicar ese tributo, que resulta excesivo para diferentes personas físicas.
“El Impuesto a las Ganancias fue creado en la década de 1970, de manera provisoria; y ya lleva 50 años de vigencia. Su aplicación a personas jurídicas me parece bien, porque es la forma de determinar la ganancia de una empresa y cobrarle los impuestos que corresponden. En el caso de las personas físicas, cuando se trata de los socios de una empresa, me parece bien. Pero para los comerciantes y los pequeños productores, ese gravamen pesa mucho, al igual que para aquellas personas que se encuentran en relación de dependencia”, explicó Fridman a este diario.
“Hay mucha gente que trabaja en dos puestos laborales distintos, por necesidad; y al sumar los dos sueldos, superan el monto mínimo sobre el cual se aplica el Impuesto a las Ganancias, que hoy asciende a $ 55.261 mensuales en el caso de las personas solteras, $ 64.400 para quienes son personas casadas con un hijo y $ 73.000 para quienes son personas casadas y tienen más de un hijo”, especificó.
“Un asalariado que debe trabajar para tener su casa, un auto y construir un futuro, nunca va a lograr estas cosas si debe pagar las actuales cargas tributarias. Todos los consumidores pagan el Impuesto al Valor Agregado. Si además se tiene que pagar Ganancias, no hay forma de que un trabajador en relación de dependencia pueda cubrir ciertos gastos”, agregó.
Por otra parte, Fridman indicó que en lo concerniente a la liquidación de Ganancias, existen deducciones que pueden ser aplicadas al monto total anual y que pueden beneficiar a los y las contribuyentes.
Por ello, el contador dijo que aquellas personas que sufren retenciones de Ganancias deben asesorarse correctamente para saber cuáles son las deducciones que se pueden realizar, para informar sobre esas cuestiones a los agentes de retención y así poder acceder a esos beneficios. “Dentro de la página de Internet de la Administración Federal de Ingresos Públicos, hay un aplicativo, el Formulario 572, que permite cargar las deducciones que se pueden efectuar”, manifestó.