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RESOLUCIÓN DEL JUEZ LÓPEZ PICABEA

La Justicia procesó, sin prisión preventiva, a Marcelo Díaz Arce por considerarlo coautor del crimen de Jonathan Lezcano en 2018

El juez López Picabea lo acusa del delito de homicidio simple agravado por la participación de menores de edad. El cuerpo del joven estudiante había sido encontrado el 25 de agosto de 2018 luego de varios días de desaparición y la búsqueda desesperada de su familia



El juez de Instrucción y Correccional Nº 4 de la Justicia provincial, Dr. Marcelo Javier López Picabea, dictó este jueves el procesamiento sin prisión preventiva a Marcelo Exequiel Díaz Arce, por el delito de homicidio simple, agravado por la participación de menores de edad. El magistrado también dispuso al procesado la prohibición de salir de la provincia por el término de 120 días.

Así lo confirmó a La Mañana el abogado de la familia de Jonathan, Jorge Pessolano, quien consideró esta medida del juez como “un avance muy importante” en la causa, señalando que esta resolución se dicta a menos de cinco meses de que se cumplan 6 años del hallazgo del cuerpo sin vida de Jonathan Lezcano en un baldío del barrio San Miguel, el 25 de agosto de 2018, luego de declararse desaparecido unas dos semanas antes.

Los hechos

Jonathan Lezcano tenía 16 años cuando el 9 de agosto de 2018 desapareció en circunstancias que se dirigía desde su casa al colegio al que asistía, la EPET Nº 2 de esta capital. Fue buscado intensamente por sus familiares, amigos y por la Policía, hasta que 16 días después, vecinos del barrio San Miguel avisaron sobre el hallazgo de un cadáver en un baldío de la calle Leandro Alem 735.

Inicialmente, se comprobó que los restos encontrados pertenecían a un joven de entre 13 y 18 años y que la data de muerte sería entre 7 y 21 días aproximadamente. También se estableció que se trató de una muerte violenta causada por severos traumatismos en la cabeza, pero por el avanzado estado de descomposición los peritos no pudieron determinar en un primer momento la identidad de la víctima.

La causa judicial por este hecho tuvo en los inicios de la investigación a tres personas imputadas: una menor y un joven, ambos eran compañeros de colegio de la víctima, y el padre de este último. En la primera etapa, los primeros fueron acusados del delito de homicidio simple, en tanto el progenitor del joven fue procesado por encubrimiento, pero luego la Cámara Penal anuló esa resolución y pidió al juez que dicte una nueva medida a partir de las últimas pruebas incorporadas al proceso.

Hasta la resolución judicial de este jueves, Díaz Arce se encontraba en libertad por falta de mérito. Ahora su situación procesal cambió a partir de lo dispuesto por el juez López Picabea en su resolución 11/24 con fecha 25 de abril. Los otros dos imputados, quienes en la oportunidad de acontecer el hecho investigado habían sido ya procesados en orden al delito de homicidio simple, se encuentran en libertad con un procesamiento firme.

En diálogo con este Diario, el abogado de la familia Lezcano, el Dr. Pessolano, comentó que en las próximas horas mantendrá una reunión con la madre de Jonathan, Susana López, para analizar la resolución y analizar los pasos a seguir en el marco del proceso judicial.

Asimismo, dio cuenta de que esta resolución del juez se tomó luego de que se produjeran distintas pruebas, tanto de parte de la defensa como de la fiscalía y de la parte querellante, que en este caso representa a la familia Lezcano.

El abogado explicó que “el procesamiento para nuestro código procesal es ya prácticamente abrir la puerta al juicio oral y más en este proceso en el que están producidas casi todas las pruebas”, aunque dejó en claro que a criterio de la parte querellante, a la cual representa, “faltarían producir algunas otras como para corroborar lo que el juez está diciendo en este procesamiento y posiblemente requiera por una agravante”.

Posibles penas

Acerca de las penas que podría caberle al acusado, Pessolano dijo que como querellante particular, “yo interpreto que hay un fundamento fuerte del juez en la resolución, y es fácil entender por qué no lo procesó con prisión preventiva, ya que si bien la pena es bastante elevada porque la participación en un homicidio simple agravado por la participación de menores y como coautor del hecho eleva la pena prácticamente de 10 años a 33 años de prisión”.

Aclaró que esa pena se aplicaría “en la medida que no podamos probar como querellante que hubo otro agravante que califica la conducta del acusado. Ahí sí la condena sería a prisión perpetua”, advirtió.

En cuanto al hecho de que el juez no dictó la prisión preventiva, el abogado de la familia Lezcano reconoció que “a nosotros, como querellantes, nos puede perjudicar en potencia si se llegara a escapar, porque si bien antes estaba imputado por el mismo delito pero con falta de mérito, ahora está procesado y sería una etapa más y va al juicio oral. Podemos decir que potencialmente puede llegar a escaparse porque estamos cada vez más cerca del juicio oral, pero hay que tener en cuenta, como lo dice el fundamento, que (Díaz Arce) siempre estuvo a derecho y pasó un período bastante amplio y siempre estuvo presente en Formosa”.

En este punto, resaltó la decisión del juez de “poner al acusado una prohibición para salir de la provincia por un término de 120 días, que después posiblemente se amplíe”.



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