pixel facebook
Miércoles 08 de Mayo de 2024

26 ° C Clima

Logo Editorial


RESOLUCIÓN DE LA CORTE

Amnistía Internacional: “no se puede violar derechos en pos de proteger a la población”

La ONG valoró como “interesante” el fallo por la interpretación del contexto y las medidas locales



La directora adjunta en Amnistía Internacional Argentina, Paola García Rey, consideró que la resolución de la Corte Suprema de Justicia “es interesante” desde la interpretación del contexto y las medidas adoptadas por el Consejo provincial COVID-19.

En declaraciones a La Mañana, señaló que el órgano judicial entiende que el Estado nacional y el provincial tienen la posibilidad de determinar medidas en un contexto tan excepcional como este de pandemia, que “claramente buscan detener la propagación del virus”, así como proteger la salud de las personas.

Sin embargo, opina que este tipo de medidas “no pueden resultar irracionales, no pueden extenderse ilimitadamente en el tiempo y, sobre todo, no puede dejar desamparadas a muchísimas personas que están requiriendo el ingreso a la provincia, esperando en situaciones absolutamente vulnerables”.

“No se puede violar derechos en pos de proteger a la población, que es un fin legítimo”, insistió.

García Rey señaló que hubo quienes estuvieron a la intemperie, vivieron “de la solidaridad de los vecinos” y “pusieron en riesgo su vida”, trayendo a colación el caso de Mauro Ledesma, quien murió al querer cruzar a nado el río Bermejo. También mencionó a personas con problemas de salud, como “una mamá que tenía a su nena internada y no la pudo ir a ver”.

La integrante de la ONG recordó que intervinieron en el marco de dos hábeas corpus, presentados por el abogado Carlos Lee y el senador Luis Naidenoff respectivamente, quienes pedían la acción de Amnistía.

Análisis

Analizando el fallo, remarcó que la Corte aún no definió sobre la competencia del Superior Tribunal de Justicia de la provincia en las cuestiones sanitarias, pero hace un diagnóstico y exhorta a la provincia a dar una respuesta “de acuerdo a sus propios parámetros y herramientas”.

También le advierte que no disponga que las personas que ingresen deban hacerse cargo de su alojamiento, hisopados y otras prestaciones. “Esto había dispuesto Formosa para los que ingresaban por fallos favorables a habeas corpus y quedaba como una práctica discriminatoria, porque los que tenían recursos podían pagar y los que no, quedaban en la ruta y debían esperar hasta marzo o abril para entrar”, comentó.

Finalmente, García Rey evitó responder a las acusaciones vertidas por funcionarios provinciales, que acusaban a Amnistía Internacional de entrometerse de manera malintencionada en la política sanitaria local.

“No respondemos este tipo de cosas, nosotros aportamos nuestra mirada desde el lado de los Derechos Humanos a partir de las denuncias que recibimos y los testimonios que pudimos documentar. Lamentablemente en este contexto fue con un sistema telefónico, no hemos podido viajar para ver de primera mano esta situación; pero las situaciones que hemos podido documentar eran alarmantes”.



Comentarios
Los comentarios publicados al final de cada nota son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden generar sanciones legales. La empresa se reserva el derecho de moderar los comentarios y eliminar aquellos que sean injuriosos o violatorios de cualquier legislación vigente.
Todos los Derechos Reservados © 2024 Editorial La Mañana

La Mañana
RSS
Sitemap

Redes Sociales
Facebook
Instagram
Twitter

Miembro de
Logo Adepa
Adherente a Programas
ONU mujeres

Logo Footer