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La Corte Suprema pidió un descargo a la Provincia por la reelección indefinida

El máximo tribunal corrió traslado al gobernador Insfrán y a la fiscal de Estado, Stella Maris Zabala, tras un amparo presentado el año pasado por los dirigentes de la oposición Agostina Villaggi (UCR) y Rodolfo Basques (MID), pidiendo su inconstitucionalidad



La Corte Suprema de Justicia de la Nación pidió al Gobierno de la provincia un descargo en el marco del amparo presentado el año pasado por dirigentes del Frente Amplio Formoseño solicitando declarar inconstitucional la reelección indefinida.

El recurso fue elevado en mayo de 2023 y en noviembre del mismo año, la diputada Agostina Villaggi (UCR), y el dirigente Rodolfo Basques (MID), patrocinados por el abogado Juan Sebastián Montoya, habían solicitado que se corra traslado a la provincia.

Esto finalmente sucedió este jueves: la Corte Suprema dispuso que se corra “traslado de la demanda a la Provincia de Formosa por el plazo de sesenta días (arg. artículos 319, 322 y 338 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). A los fines de su comunicación al señor Gobernador y a la señora Fiscal de Estado”. Así consta en la Cédula de Notificación N° 24000078452017, a la que tuvo acceso La Mañana.

De esta manera, el Tribunal dio un paso más en la causa en la que deberá definir si es inconstitucional la reelección indefinida en la provincia. La propia Villaggi reconoció a este Diario que este paso judicial “reabre las esperanzas” para que los jueces se expidan finalmente.

Amparo

Cabe recordar que en mayo del año pasado, el Frente Amplio Formoseño presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación esta acción de amparo solicitando la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución Provincial, que establece que “el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos”.

En aquel momento, en declaraciones a La Mañana, la legisladora explicaba que la presentación “se complementa” con la realizada por el diputado nacional Fernando Carbajal, quien por su parte había solicitado a la Corte que se expida respecto de los alcances, constitucionalidad y convencionalidad del artículo 132 de la Constitución Provincial.

“Son dos acciones distintas que se complementan”, dijo Villaggi, precisando que “son dos caminos distintos, la acción declarativa de certeza (presentada por Carbajal) plantea una incertidumbre sobre la interpretación que se le puede dar al artículo 132 de la Constitución Provincial. Nosotros planteamos la declaración de inconstitucionalidad, porque entendemos que ese artículo en si vulneran derechos y garantías consagrados no solo en la Constitución Nacional sino también en pactos internacionales de derechos humanos, que hablan de la necesidad de alternancia, y respeto del sistema republicano de gobierno”, había dicho.

Cabe recordar que el año pasado, la Corte Suprema había declarado inconstitucional las reelecciones por más de dos mandatos en San Juan, Río Negro y Tucumán.



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