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La historia continúa



Se conoció finalmente en la víspera el esperado fallo del Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) en la causa Vialidad, donde la principal acusada por corrupción era la actual vicepresidenta de la Nación. Fue condenatorio por unanimidad, y la pena dispuesta para Cristina Kirchner es de seis años de prisión; no de doce, como habían solicitado los fiscales, porque sólo la encontraron responsable del delito de administración fraudulenta -y no de asociación ilícita-, con una inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos.

La denominada “Causa Vialidad”, que lleva varios años investigándose en la Justicia Federal, comprende una serie de acuerdos comerciales entre el matrimonio Kirchner y el empresario Lázaro Báez, titular del Grupo Austral Construcciones, principal adjudicatario de obras viales en la provincia de Santa Cruz durante los años en que Néstor y Cristina gobernaron la Argentina.

Este juicio por presunto direccionamiento de la obra pública vial a favor de Báez culmina así su primera etapa con una sentencia que le dio la razón de forma parcial a los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, quienes al finalizar su alegato acusaron a Cristina de haber dirigido una asociación ilícita -delito rechazado por el TOF 2- que se dedicó “a la sustracción de fondos públicos” para beneficiar a quien era su socio comercial, Lázaro Báez. El delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, en cambio, sí fue convalidado por el tribunal.

A este capítulo le seguirán otros, seguramente, ya que la vicepresidenta tiene por delante dos instancias de apelación, ante la Cámara de Casación, primero, y ante la Corte Suprema, después. Hasta que esta causa no llegue al Máximo Tribunal y éste no se pronuncie al respecto, no habrá firmeza del fallo, por lo tanto nada le impediría a la expresidenta participar de las próximas elecciones si así lo decidiera el año que viene.

Siguiendo siempre el justo y debido proceso, aun cuando CFK fuera condenada en última instancia, por su edad, podrá solicitar la prisión domiciliaria. En caso que Cristina Kirchner esté ocupando un cargo electivo -presidenta, vicepresidenta, diputada o senadora- se deberá iniciar un proceso de juicio político para que le quiten los fueros. Eso también en caso que la condena sea para que no pueda ejercer más cargos públicos.

Dos cosas vale la pena destacar no obstante: primero, que se trata de la primera vicepresidenta de la Nación en ser encontrada culpable de hechos de corrupción y condenada por ello. Si esto fuera confirmado el día de mañana por la Corte, ella y los demás responsables involucrados en la causa deberán hacerse cargo y responder en consecuencia.

Segundo: no debe restársele importancia a la salvaguarda del derecho a defensa que tienen todas y todos los ciudadanos argentinos. Nadie puede ser considerado/a culpable en tanto y en cuanto no exista una condena firme en su contra.

Si algo debe quedar de lado en este momento son los fanatismos, de un lado y del otro. Hay que dejar que la Justicia siga haciendo su trabajo dentro de los carriles que marcan la Constitución Nacional y las leyes, sin cacerías políticas, pero también sin corrupción impune.



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