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Pensiones de sobrevivencia



Es necesario que las autoridades tengan en cuenta algunos análisis realizados por ciertas entidades acerca de los beneficios previsionales que existen en la Argentina, para dar lugar a un debate que derive en la elaboración de un régimen más equitativo, que sin dejar de reconocer derechos, reduzca privilegios y evite un aumento desproporcionado del gasto púbico.

El Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento recordó que las pensiones por fallecimiento son parte del esquema de beneficios que los sistemas previsionales ofrecen para proteger a trabajadores, trabajadoras y sus familias de algunos riesgos que implican pérdidas económicas. Estas pensiones se originaron considerando un modelo familiar tradicional, con un único generador de ingresos (habitualmente el varón) y una familia económicamente dependiente, lo que implicaba que, ante el eventual fallecimiento del miembro proveedor, la viuda e hijos/as quedarían sin ingresos para financiar sus consumos.

A su vez, el CIPPEC indicó que desde la creación de los primeros sistemas previsionales modernos, a fines del siglo XIX y principios del siglo XX, la sociedad transitó cambios profundos que no siempre fueron acompañados por el diseño institucional de estas políticas. Un retrato fiel de este “desfasaje” se dio en torno a la participación de las mujeres en el mercado laboral, que ya era importante a principios del siglo pasado y se incrementó significativamente entre la década del 70 e inicios del siglo XXI.

Al mismo tiempo, los sistemas previsionales experimentaron múltiples reformas que incluyeron una fuerte expansión de la cobertura de la población mayor a través de la combinación de esquemas contributivos y no contributivos, por lo cual varios países desarrollados avanzaron en la reducción o incluso eliminación de los beneficios por fallecimiento.

Asimismo, se mencionó que en la actualidad, la Argentina mantiene un esquema que ofrece pensiones vitalicias a viudas y viudos de cualquier edad, además de los beneficios para hijos e hijas menores, lo que resulta en un número de pensiones alto. En el sistema contributivo administrado por la ANSeS, se pagan en forma mensual casi ocho pensiones por fallecimiento por cada diez jubilaciones: casi cuatro veces más que el promedio de los países más ricos reunidos en la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos).

Por ello, el CIPPEC propuso actualizar las normas previsionales y adaptarlas a la realidad del mercado laboral, con un sistema que debería enfocarse en tres aspectos: ampliar la cobertura horizontal (incluir a más beneficiarios y beneficiarias), de modo de brindar una protección que, ante el fallecimiento de un integrante de la familia que era sostén económico, prevenga la expansión de un perjuicio al resto del núcleo familiar; establecer un límite temporal al cobro de pensiones por fallecimiento por parte de viudas o viudos en edad de participar en el mercado de trabajo; y reformular las reglas de cálculo de haberes de pensión para los casos de personas que cobran jubilación, de forma de reconocer la existencia de economías de escala en el hogar sin que ello implique la duplicación de beneficios.

Por lo expuesto, es necesario que las autoridades analicen una posible reforma del sistema previsional, para evitar las duplicaciones de beneficios y toda clase de inequidades, antes de que el gasto público llegue a un nivel tan alto que resulte insostenible para los gobiernos de turno.



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