pixel facebook
Viernes 19 de Abril de 2024

18 ° C Clima

Logo Editorial


DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Los aranceles de SADAIC y AADI CAPIF alcanzan a salones de eventos, boliches y locales de varios rubros

Gialluca señaló que, en todos estos eventos privados y también en los públicos, se deben respetar y cumplir los protocolos sanitarios respectivos



Con una serie de protocolos, aforos, las autoridades competentes, teniendo en cuenta la buena situación epidemiológica en la que se encuentra la provincia de Formosa, han ido autorizando la vuelta a diversas actividades, tanto gastronómicas, como de salones de fiestas, boliches y otros. Es por ello que la Defensoría del Pueblo advirtió que estas actividades, además de locales de varios rubros, están alcanzadas por los aranceles de SADAIC y AADI CAPIF.

Ingresaron por ante la Defensoría planteos sobre las actividades que llevan adelante las entidades que regulan los derechos de autor y la reproducción de música, cobrando aranceles en salones, discotecas, espacios públicos o privados donde se reproduce música, ya sea por parte de SADAIC y AADI CAPIF.

La falta de información y muchas veces también “la intencionalidad de evadir estos aranceles que están previstos en diversas normativas vigentes”, hace que se produzcan desencuentros entre responsables o propietarios de salones de eventos y los encargados de aplicar las antes citadas, comentó José Leonardo Gialluca.

Como consecuencia de ello, se vienen celebrando diversas audiencias de conciliación en la sede de la Defensoría del Pueblo y en la cual participaron Arnaldo Cuadra, por SADAIC, y Jorge González, por AADI CAPIF. El ombudsman provincial señaló que la Resolución Nº 390/5 aprueba un listado de aranceles que deben ser abonados por la utilización de fonogramas y de las interpretaciones incluidas en los mismos, en ejecuciones al público por cualquier medio directo o indirecto o por radiodifusión.

“Es por esto que, todos los salones de fiestas y/o recepciones, casamientos, desfiles de modelos, aniversarios o similares con utilización de sonidos fonograbados, sean los eventos realizados de carácter familiar, social, de beneficencia, o comercial”, deben pagar el 2% sobre el valor del cubierto de todos los asistentes, o de la tarjeta, o del bono, o de su equivalente. En el caso de que los eventos sean seguidos de baile, se pagará el 4% sobre el valor del cubierto de todos los asistentes o de la tarjeta o del bono.

Ahora, cuando el valor del cubierto o de la tarjeta no sea claramente especificado, el arancel porcentual se aplicará sobre el costo total del evento, incluyéndose a título ejemplificativo, el costo del catering, el servicio de mozos, disc-jockey, alquiler del salón, etc., con indiferencia de quienes presten los mismos.

Reuniones de trabajo

En las reuniones de trabajo llevadas adelante, se ha podido determinar entonces que, el sujeto obligado en la relación jurídica en estos casos, será el dueño del salón de eventos. “Aquí se produce una serie de controversias puesto que existen quienes se niegan a efectuar los pagos, por lo que, en estos casos, los responsables de cada entidad, labran las actas pertinentes y luego se procede en consecuencia”, señaló Gialluca.

Finalmente, dijo que se observan diversas modalidades de trabajo en lo que respecta a salones de eventos y también en confiterías, bares o supermercados que transmiten música en sus lugares de atención. Por ello, sugirió en todos los casos, buscar siempre el asesoramiento objetivo y la información precisa de las normas que están vigentes, toda vez que los aranceles van variando según se trate de un restaurante, de un espectáculo musical en vivo o de boliches nocturnos, locales de venta de ropas, electrodomésticos, gimnasios, peluquerías; también galerías comerciales, autoservicios o supermercados, hoteles, moteles, complejos de cabaña, exposiciones, fiestas populares o eventos similares.

Todos ellos están obligados a pagar los aranceles a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores, como así también a la Asociación de Intérpretes y Productores Fonográficos.



Comentarios
Los comentarios publicados al final de cada nota son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden generar sanciones legales. La empresa se reserva el derecho de moderar los comentarios y eliminar aquellos que sean injuriosos o violatorios de cualquier legislación vigente.
Todos los Derechos Reservados © 2024 Editorial La Mañana

La Mañana
RSS
Sitemap

Redes Sociales
Facebook
Instagram
Twitter

Miembro de
Logo Adepa
Adherente a Programas
ONU mujeres

Logo Footer