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NÓMINA COMPLETA

El Consejo anunció habilitaciones para la gastronomía, gimnasios, actividades deportivas, eventos al aire libre y reuniones sociales

La provincia en las últimas dos semanas logró salir de la categoría de alarma epidemiológica por el descenso de casos positivos y víctimas del Covid.



En el marco de la conferencia de prensa diaria, el Consejo de Atención Integral a la Emergencia del Covid-19 anunció este mediodía una serie de nuevas flexibilizaciones para la provincia de Formosa, que incluye aperturas de gimnasios, casinos y reuniones sociales. Las habilitaciones confirmadas no aplican a localidades que se encuentran en alarma epidemiológica.

Entre las nuevas flexiblizaciones se destaca la de los gimnasios, rubro que estaba impedido de trabajar desde el inicio de la pandemia en marzo del 2020, y la posibilidad de atención al público de los locales gastronomicos en espacios con buena ventilación y un aforo del 50%.

Aquí la nómina completa de las actividades que entran en vigencia desde este lunes.

  1. Horario comercial habitual, conforme normativa aplicable a cada sector y a la restricción horaria de circulación dispuesta.
  2. Desarrollo de reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas.
  3. Desarrollo de reuniones sociales en espacios públicos de hasta 50 personas.
  4. La práctica recreativa de deportes individuales y grupales al aire libre. No se encuentra habilitada la realización de ningún tipo de competencia organizada, ni los encuentros sociales previos o posteriores a la práctica deportiva.
  5. La práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados, con un aforo del cincuenta por ciento (50 %), con cumplimiento estricto de las cantidades de personas, superficie, ventilación y medidas sanitarias previstas en los protocolos aprobados. Esta habilitación incluye a los gimnasios.
  6. Actividades de casinos y bingos, con un aforo del cincuenta por ciento (50 %), adoptando los protocolos de cuidados respectivos.
  7. La realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos en lugares cerrados, con un aforo del cincuenta por ciento (50 %). Esta habilitación incluye a escuelas de danza, arte, yoga, música y talleres de teatro, con cumplimiento estricto de las cantidades de personas, ventilación, espacios y medidas sanitarias previstas en los protocolos aprobados.
  8. Locales gastronómicos (restaurantes, bares, etc.) hasta las cero horas, con un aforo del 50%, debiendo estar adecuadamente ventilados en forma constante y dando cumplimiento a las exigencias previstas en los correspondientes protocolos.
  9. Ampliación del horario de circulación desde las 06:00 horas hasta las 00:00 horas.

Según el Consejo de Emergencia, las habilitaciones dispuestas no aplican a aquellas localidades que se encuentran en alarma epidemiológica, con medidas sanitarias especificas dispuestas localmente para controlar los brotes de contagios que ponen en riesgo la salud y la vida de esa población.



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