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López Macé pidió al Gobierno Provincial informes de los centros de alojamiento



En el marco del habeas corpus colectivo presentado por Luis Naidenoff, la juez federal solicitó información detallada a la provincia tras el fallo de la Cámara Federal de Resistencia.

La batalla judicial por las condiciones en las que las personas cumplen aislamiento en los centros dispuestos por el Gobierno provincial continúa su trámite.

Esta vez, la Juez Federal María Belén López Macé acató el fallo emitido por la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, y solicitó al Gobierno en un plazo de 5 días hábiles un detallado informe sobre las personas alojadas en los centros de aislamiento.

En el primer punto de la resolución la resuelve “requerir a la Provincia de Formosa un informe detallado y pormenorizado respecto al colectivo de niños, niñas y adolescentes de la Provincia de Formosa de: la totalidad de lugares destinados para las medidas sanitarias de aislamiento, los protocolos de ocupación en los mismos, uso y mantenimiento de los mismos, listado de los responsables con preparación o capacitación para la atención de los menores, las especiales medidas de atención dispuestas para éstos, el listado de la totalidad de menores que estuvieron sujetos a las disposiciones sanitarias durante el año 2021, con determinación del tiempo que duro cada disposición de su libertad, el listado de los profesionales de la salud que han atendido las contingencias de la enfermedad y que han autorizado las internaciones y/o aislamientos y/o altas médicas del colectivo referido”.

En un segundo punto decidió que “en atención a lo denunciado y requerido en la Acción de Habeas Corpus presentada por el senador Luis Naidenoff requerir a la Provincia de Formosa eleve un informe de la totalidad de centros de aislamientos que funcionan en la Ciudad de Formosa como medida sanitaria impulsada por la emergencia del Covid -19, debiendo detallarse la cantidad de personas que actualmente se encuentran alojadas en ellos, criterios de asignación en los mismos, y remita la normativa y/o protocolos aprobados y sobre los cuales se toman las decisiones respecto al criterio de cuarentena domiciliaria y/o en centros de aislamientos”.



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