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La Cámara Federal confirmó el fallo de López Macé y derivó la denuncia a la Justicia provincial de Formosa

En su resolución, el tribunal de alzada confirmó que la Justicia Federal no tiene competencia para entender en los hechos denunciados por el senador Naidenoff



La Cámara Federal de Resistencia confirmó la resolución dictada por la jueza federal Nº 2 de Formosa, María Belén López Macé, que dictaminó que la Justicia Federal no es competente para entender en el habeas corpus presentado por el senador Luis Naidenoff a favor de personas alojadas en centros de atención sanitaria de esta ciudad, en el marco de medidas sanitarias dispuestas por la mesa del COVID-19.

El martes, la jueza López Macé había declarado la incompetencia del fuero federal en la denuncia del legislador, y resolvió enviar el expediente a la Cámara Federal de Resistencia para su resolución.

Este miércoles, el fallo del tribunal de alzada confirmó la resolución dictada por la jueza federal Nº 2 de Formosa, y remitió “en forma urgente” las actuaciones al juzgado provincial de turno, lo que deberá realizarse en la anterior instancia a efectos de conformar el expediente con todas las constancias de la causa.

La resolución dictada por la cámara de apelaciones se conformó con el voto del doctor Enrique Jorge Bosch, siendo la misma suscripta en forma electrónica y de manera remota.

En su resolución, Bosch señala que en los fundamentos de su decisión, la doctora López Macé había considerado lo dispuesto por el art. 2º de la ley 23.098, en cuanto a la competencia de los tribunales nacionales o provinciales, según el acto denunciado como lesivo emane de autoridad nacional o provincial, señalando que la acción promovida “pretende remediar actos lesivos emitidos por el Gobierno de la Provincia de Formosa mediante sus autoridades y de aplicación dentro del territorio de la provincia de Formosa y en donde no consta acto lesivo alguno por parte de alguna autoridad nacional que active a la jurisdicción federal”.

El magistrado explica, además, que “para definir la competencia del juez que debe entender en el habeas corpus colectivo correctivo articulado, “se tiene en mira los lineamientos establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la normativa aplicable”.

“En concordancia con los fundamentos expuestos por la jueza López Macé, estimo que el fuero federal de Formosa resulta incompetente para entender en la materia ventilada a través del remedio constitucional intentado, debiendo confirmar la resolución traída en consulta a este tribunal de alzada”, señala Bosch en su resolución.

Exhortación de la jueza López Macé al Consejo de la Emergencia COVID-19

En los considerandos de su resolución del martes pasado, la jueza López Macé, sin bien en primer lugar desestimó dar curso a la denuncia de Naidenoff, formuló una exhortación a las autoridades provinciales acerca de la situación de niños y niñas en los Centros de Atención Sanitaria.

Concretamente, la magistrada exhortó “al Gobierno de la Provincia de Formosa, Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19 y a la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de Formosa, a efectos que, dentro del marco de sus competencias, adopten todas las medidas conducentes al resguardo de la integridad psicofísica de los menores involucrados y de aquellos que se hallen en aislamiento obligatorio, a fin de garantizar sus derechos, todo ello sin perjuicio de la incompetencia decretada y a fin de dar prioridad al Interés Superior Del Niño, como principio rector que enuncia la Convención sobre los Derechos del Niño con jerarquía constitucional”.

La fiscal de Estado coincidió con el fallo

Acerca de la resolución de la Cámara Federal de apelaciones de Resistencia, la fiscal de Estado de la Provincia Stella Maris Zabala recordó que existe el antecedente de un fallo del juez federal N° 1 Juan Pablo Morán, quien ya se había expedido sobre “cuestiones que comprometían a ciudadanos formoseños y se le imputan a funcionarios provinciales y se suscitaban en tierra formoseña, eran competencia de la Justicia provincial”.

Señaló que este fallo- que tiene poco menos de dos meses- fue tomado en cuenta y la Cámara Federal se expidió en el mismo sentido, confirmándolo.

Zabala coincidió en que será la Justicia provincial la que deberá pronunciarse al respecto y recordó que hay un pronunciamiento anterior del Superior Tribunal de Justicia donde se fijó cual es la forma de hacer estos planteos, y el organismo competente.

Más adelante, la funcionaria provincial recordó que la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuando determinó el ingreso de ciudadanos que se encontraban fuera de la provincia, “jamás puso en tela de juicio la política sanitaria de la provincia, todo lo contrario, la validó” y agregó que “en lo único que no estuvo de acuerdo es en el tiempo del ingreso, pero nunca cuestionó la política sanitaria”.



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