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CENTROS DE ATENCIÓN SANITARIA

La jueza López Macé declaró la incompetencia de su Juzgado para entender en el habeas corpus que presentó Naidenoff

El expediente fue girado a la Cámara Federal de Resistencia, que deberá definir sobre el tratamiento del habeas corpus impulsado por el senador formoseño en representación de personas alojadas en el Cincuentenario



La jueza federal Nº 2 de Formosa, María Belén López Macé, declaró este martes la incompetencia de su juzgado para entender en el habeas corpus presentado por el senador Luis Naidenoff en representación de personas alojadas en centros de atención sanitaria dispuestas por el Consejo del COVID-19 y resolvió enviar el expediente a la Cámara Federal de Resistencia, para su resolución.

Así lo confirmó a La Mañana el legislador que inició la causa con el patrocinio legal de las abogadas Agostina Villaggi y Emilia Maciel, solicitando “el cumplimiento del aislamiento de forma domiciliaria”, de acuerdo a los protocolos dispuestos por el Ministerio de Salud de la Nación.

Se trata de un habeas corpus colectivo a favor de los ciudadanos que se encuentran en cuarentena en el Centro de Asistencia Sanitaria que funciona en el estadio Cincuentenario y que fueron alojados por ser casos positivos leves de COVID- 19 o por ser contactos estrechos.

El pedido de un habeas corpus colectivo por la situación de las personas alojadas en centros de asistencia sanitaria, en particular, en el estadio Cincuentenario, se encuentra ahora en manos de la Cámara Federal de Resistencia, que como Tribunal de Apelaciones de los Juzgados Federales de Formosa deberá resolver ahora la competencia del caso, luego de lo resuelto por la doctora López Macé.

Naidenoff había denunciado que “existe una limitación inconstitucional de la libertad individual y una amenaza a la misma, y la vulneración de los derechos humanos fundamentales y de salud en más de una docena de casos”.

Defensor del Pueblo

Acerca de esta decisión de López Macé, el defensor del Pueblo de la Provincia, José Leonardo Gialluca, sostuvo que “el rechazo de la Justicia Federal al habeas corpus correctivo presentado por el senador Naidenoff implica el respeto a la autonomía provincial en materia sanitaria”.

No obstante, el ombudsman provincial aclaró que “continuaremos exigiendo y fiscalizando los Centros de Alojamiento Sanitario para garantizar la integridad psicofísica, los derechos a la intimidad, salud y seguridad de los ciudadanos que allí se encuentren alojados por ser casos positivos leves de COVID-19”.

Sobre la denuncia concreta de Naidenoff, el defensor del Pueblo señaló que “no abarca ni se relaciona con ningún funcionario nacional y menos con intereses federales y, como consecuencia de ello, la Justicia Federal es absolutamente incompetente, pues de entender en estos casos, se estaría violentando las autonomías de las provincias en los asuntos no delegados expresamente a la Nación”.

En tal sentido, recordó que la Ley Provincial Nº 1.697/20 determina que la Provincia de Formosa es la que diseña, implementa y controla las políticas públicas en materia sanitaria, conforme la Constitución Provincial.

Indicó, además, que el Decreto Nº 4/21 del PEN delegó a los Gobernadores de las Provincias y al jefe de Gobierno de CABA la adopción de las medidas de limitación de la circulación de acuerdo a la evolución de la pandemia y conforme al estatus sanitario de cada provincia o colectivos de ciudadanos.

Con respecto a las medidas sanitarias vigentes en Formosa, Gialluca señaló que “venimos trabajando con todas las áreas del Estado provincial, para fiscalizar, controlar y, de ser necesario, corregir cualquier situación que se presente en los diferentes Centros de Alojamiento, mal llamados Centros de Aislamiento, de modo tal que se garantice la situación sanitaria, alimentaria, de seguridad e higiene en general de todas las personas que se encuentran allí, tanto en la ciudad capital como en nuestro interior provincial”.

Antecedentes

Por otra parte, el ombudsman provincial consideró que “como es lógico, y teniendo en cuenta los antecedentes jurisprudenciales, el Juzgado Federal de Formosa Nº 2 a cargo de la Dra. María Belén López Macé, y previo dictamen del Ministerio Público Fiscal, ha declarado la incompetencia de la Justicia Federal para entender en estas cuestiones, toda vez que no pueden desconocerse las facultades con las que cuenta la Provincia de Formosa para establecer en su territorio las medidas de prevención que considere adecuadas en el contexto de la particular situación de emergencia sanitaria que se están viviendo”.

Para Gialluca, “similar temperamento deberá adoptar la Cámara Federal de Apelaciones del Chaco, pues de lo contrario se produciría una indebida intromisión en las autonomías provinciales y es aquí donde los jueces locales deberán actuar en consecuencia”.



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