pixel facebook
Miércoles 24 de Abril de 2024

24 ° C Clima

Logo Editorial


IMPUESTOS

Monotributo: extienden suspensión de baja de oficio y bajas automáticas por falta de pago

Se indicó que esta decisión de la AFIP permite reducir los efectos económicos del aislamiento social, preventivo y obligatorio



La contadora Hilda Mambrín (MP 839) detalló a La Mañana que la Administración Federal de Ingresos Públicos, mediante la Resolución General 4799/20, extendió la suspensión de las bajas de oficio hasta el 1 de setiembre de 2020, no realizando durante el mes de agosto los controles sistémicos que se aplican habitualmente a tal fin.

También, la profesional precisó que la AFIP suspendió transitoriamente las bajas por falta de pago, no computándose los meses de marzo, abril, mayo, junio, julio y agosto como meses a contabilizar para la aplicación de las bajas automáticas del régimen.

A continuación, la experta aclaró que la normativa vigente establece la baja del régimen cuando no se abonan diez cuotas consecutivas. No obstante, la AFIP resolvió que agosto no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.

“Asimismo, existen distintas situaciones previstas en la ley que generan la baja del régimen. La más extendida es cuando la suma de los Ingresos Brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en agosto para proceder con exclusiones de oficio”, explicó Mambrín a este diario.

Asimismo, la especialista dijo que la nueva medida del ente recaudador tiene como objetivo “amortiguar” los efectos del aislamiento social preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes.

Por último, se recordó que el Monotributo unifica el componente impositivo -Impuesto al Valor Agregado y Ganancias- y el componente previsional -aportes jubilatorios y obra social- en una única cuota mensual, haciendo más simple y ágil el cumplimiento de las obligaciones. Para acceder a esta Categoría, se deben cumplir con determinados valores de parámetros como facturación anual, superficie de locales, energía eléctrica consumida y el monto de alquiler del local/es.



Comentarios
Los comentarios publicados al final de cada nota son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden generar sanciones legales. La empresa se reserva el derecho de moderar los comentarios y eliminar aquellos que sean injuriosos o violatorios de cualquier legislación vigente.
Todos los Derechos Reservados © 2024 Editorial La Mañana

La Mañana
RSS
Sitemap

Redes Sociales
Facebook
Instagram
Twitter

Miembro de
Logo Adepa
Adherente a Programas
ONU mujeres

Logo Footer