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Pandemia

Detenciones en cuarentena: Piden que la Justicia controle e intervenga en posibles arbitrariedades de la fuerza de seguridad

Un reconocido constitucionalista aseguró que “un dictado de estado de sitio no tiene asidero constitucional en el país”. Y explicó por qué



El abogado constitucionalista Humberto Granada Notario, manifestó en el aire de La Mañana en Vivo que “en el país no están dadas las condiciones constitucionales para que el Presidente declare un estado de sitio” como medida de emergencia ante una mayor crisis sanitaria y epidemiológica por el coronavirus. Explicó que no puede suprimir garantías y derechos en un contexto donde no está en juego la gobernabilidad. Y pidió que la Justicia controle e intervenga las detenciones de personas en el marco del aislamiento obligatorio.

En la tercera jornada de aislamiento obligatorio y en el marco de su última conferencia de prensa, el presidente Alberto Fernández descartó que por el momento piense en implementar el estado de sitio por el coronavirus, al considerar que "no hace falta" y que "si se llegara a eso, solo hablaría muy mal de la sociedad argentina".

Ante esta posibilidad que el mismo Ejecutivo planteó, el reconocido constitucionalista Granada Notario afirmó que no están dadas las condiciones constitucionales para un posible estado de sitio en la Argentina. Y explicó, bajo dos argumentos el por qué: “Sólo se puede aplicar esta modalidad de gobierno por ataque exterior o conmoción interna, la cual tiene que afectar directamente la gobernabilidad del país, cosa que en estos momentos no está en juego, sino todo lo contrario. El Presidente aplicó medidas y se están respetando. De modo que no hay condiciones para un estado de sitio”, reiteró.

Detenciones en cuarentena

Para el constitucionalista, es acertado el aislamiento preventivo y obligatorio que decretó el Presidente como medida anti-pandemia en el país. Pero puso el foco en el cuidado que se debe tener en cómo se ejercitan las detenciones eventuales en el marco de la cuarentena total.

“Hay que cuidar los procedimientos bajo un manejo de control judicial. Es decir, todo lo que se ordene como detención debe ser practicado con supervisión de la justicia. No existen motivos para que no intervenga y controle las arbitrariedades potenciales de la fuerza de seguridad; porque pueden actuar con buena fe en sus operativos preventivos, pero a veces no conocen los límites de la ley, y en esta instancia, es importantísimo que cuando se trata de privación de libertad de las personas, haya un control judicial estricto para evitar desmadres en un contexto de crisis”, manifestó.



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