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Monotributo: fallo de Cámara limita las exclusiones de oficio de la AFIP

La contadora Analía Álvarez detalló los alcances de una decisión judicial que sienta jurisprudencia para que otros contribuyentes puedan efectuar el mismo reclamo



En diálogo con La Mañana, la contadora Analía Álvarez informó que la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo revocó la decisión en primera instancia y se dejó sin efecto la exclusión de oficio contra un contribuyente del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), al considerar que “la valoración armónica y conjunta de la prueba otorga veracidad al argumento del actor para desvirtuar el criterio del fisco”.

“Esto quiere decir que los gastos comunes que efectivamente se realizaron en el período en cuestión, entre los que se encontraba el costo laboral de su trabajadora en relación de dependencia que determinó la exclusión del actor, eran asumidos por el contribuyente”, especificó.

Explicó que el actor pretendía la revocación de la Resolución de AFIP, por la cual se lo excluyó de pleno derecho del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes. Esto, por haberse constatado que durante el período de 12 meses, desde mayo de 2012 hasta abril de 2013, había efectuado gastos superiores al 40% de los ingresos brutos máximos establecidos en el Artículo 8 para la Categoría 1, conforme a lo dispuesto en el artículo 20, inciso k, de la Ley 26.565.

Sienta jurisprudencia

“En este caso, el accionante ejerce la profesión de abogado en un Estudio Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires juntamente con otros colegas con quienes, según alega, comparte el gasto de sueldo y cargas sociales de la secretaria que presta servicios para los cuatro abogados, con los cuales no podía constituir una sociedad por las restricciones dispuestas en la Ley 23.187”, agregó la profesional.

“Se trata de un fallo de Cámara, por lo cual sólo para rige para esa causa. No obstante, ya sienta jurisprudencia para que otros contribuyentes puedan hacer el mismo reclamo”, aclaró Analía Álvarez.

“Lo criticable de la categorización de oficio es hacerla sin proceso de verificación o de descargo”

El contador José Delpino se refirió a un fallo de Cámara que rechaza un procedimiento de la AFIP

El contador José Tomás Delpino manifestó a La Mañana su opinión acerca de un fallo judicial que sienta un precedente para que aquellos Monotributistas que se consideren perjudicados por la categorización o exclusión de oficio que realiza la Administración Federal de Ingresos Públicos puedan iniciar acciones legales contra el fisco.

“La AFIP no considera casos más allá de los parámetros, o se ajusta a la letra de la norma. A veces, la realidad o los hechos son distintos. Entonces, lo criticable de la categorización o exclusión de oficio es que se realiza sin un proceso de verificación o de descargo”, explicó Delpino a este diario.

“Lo que considera el fallo judicial es que uno de los cuatro abogados del mencionado estudio jurídico registra y paga la secretaria, como también las expensas de la oficina, pero dichos gastos no lo paga él solo, sino junto con los demás abogados del estudio. En conclusión, la exclusión de oficio, sin previa sustentación de verificación o descargo, puede resultar injusta”, agregó.



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