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DEFENSORÍA DEL PUEBLO

Los bancos reintegrarán a los beneficiarios de la ANSeS las sumas debitadas del bono



La Defensoría del Pueblo informó que tanto el Banco de Formosa como el Banco Nación se comprometieron a reintegrar las sumas correspondientes al bono extraordinario a beneficiarios tanto de planes sociales, como jubilados y pensionados, que perciben sus haberes por liquidaciones efectuadas desde la ANSeS y que habían sufrido descuentos indebidos.

La norma citada, en su letra, era clara al determinar que dichas sumas, bajo ningún concepto “podrán ser afectadas por débitos de las cuentas de los beneficiarios”, no obstante ello y el dictado de la Comunicación “B” 11928 del Banco Central de la República Argentina que ratifica dicho extremo, algunas entidades bancarias realizaron descuentos de los montos correspondientes al “Bono Extraordinario” y para ello, alegaron que el dinero del bono ha ingresado a las cuentas “sin ser discriminado” y por lo que, en cada caso, sufrió las retenciones correspondientes a pagos de tarjetas de crédito, débitos automáticos autorizados, Red Link, descuentos por préstamos, etc.

Desde la Defensoría remarcaron que ello no excluye el derecho de los afectados a solicitar el reintegro del dinero que les corresponde, y es por tal razón que el defensor del Pueblo, José Leonardo Gialluca, impartió instrucciones para que “se exija” a los bancos que devuelvan lo mal debitado bajo apercibimiento de acudir a la Justicia.

Como resultado, el Banco de Formosa SA, que desde el inicio transmitió a la Defensoría su intención de reintegrar los montos correspondientes, ratificó formalmente que la entidad acreditó y acreditará las sumas correspondientes a todos los beneficiarios de ingresos liquidados por la ANSeS y “a pedido de los mismos” estarán a disposición para su retiro “por tiempo determinado”. La medida se implementará tanto para los que concurran personalmente al Banco, como para los que lo hagan por la Defensoría del Pueblo.

En tanto, el Banco de la Nación Sucursal Formosa comunicó que, en relación a los descuentos verificados sobre los subsidios extraordinarios, a los efectos de la restitución de los mismos, se requiere indefectiblemente la presencia de los titulares para realizar los trámites pertinentes para la devolución de lo debitado.



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