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LEY DE ALQUILERES

Las inmobiliarias dejarán de imponer los precios y las condiciones del contrato

De prosperar en el Senado, la normativa protegerá el bolsillo del inquilino y dará previsibilidad a las familias



Luego de que en Diputados se aprobara la media sanción de la Ley de Alquileres con amplia mayoría, el referente de la Asociación de Inquilinos Agrupados, Roberto Díaz, habló con La Mañana sobre los potenciales beneficios de la nueva normativa. Mencionó que las inmobiliarias dejarán de imponer condiciones y puntualizó sobre tres ejes básicos: la extensión del contrato, el modo de regulación del precio y la registración del acuerdo ante la AFIP.

Si bien el proyecto todavía debe pasar por el Senado, la norma propone que los ajustes en los contratos se realicen por las variaciones mensuales de la inflación y la variación de los salarios de los trabajadores registrados. Una modalidad que, según Díaz, modificará de forma sustancial la manera de cómo se venía fijando los montos de los alquileres por parte de los propietarios e inmobiliarias.

“De prosperar en la última instancia del Congreso, la ley viene a regular el mercado inmobiliario, el cual hasta el momento impone los precios y condiciones del cómo, cuándo y cuánto. De alguna manera, a partir de esta normativa, la ecuación por el valor de los alquileres estará sujeta a la relación inflación-salario, directamente proporcional al movimiento de estas variables de economía real, y no bajo las reglas del dólar”, refirió.

Los principales cambios que se aplicarán si se aprueba en el Senado:

- Los ajustes en los contratos deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales de la inflación, según el índice de precios al consumidor que mide el INDEC, y de los salarios, de acuerdo con el índice RIPTE.

- Los contratos de alquiler se extenderán por un plazo mínimo de tres años. Por lo tanto, se extiende a un año más con respecto al plazo actual.

- Las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario. Sólo estarán a cargo del inquilino las expensas que incluyan los gastos habituales, que se vinculan a los servicios normales y permanentes, independientemente de cómo sean considerados (expensas comunes ordinarias o extraordinarias).

- Se reducirá el depósito de garantía a un mes de alquiler. Una vez finalizado el contrato, se devolverá una suma equivalente al precio del último mes o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.

- Se contemplarán diversas opciones para facilitar las garantías para los inquilinos, no sólo a través de la garantía inmobiliaria. Entre ellas, aval bancario; seguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (se documenta con recibo de sueldo o certificado de ingresos). El inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar una de las propuestas.

- Los inquilinos y propietarios deberán pagar las comisiones inmobiliarias correspondientes. En el caso de que intervenga un solo corredor inmobiliario, que es lo más habitual, ambos le deberán una comisión. Este era el punto que generaba más conflicto con las cámaras inmobiliarias, porque en los primeros borradores del proyecto se eliminaba la opción de cobrar comisión a los inquilinos.



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