pixel facebook
Jueves 25 de Abril de 2024

34 ° C Clima

Logo Editorial


REVES PARA NACIÓN

Coincidiendo con Caraballo, la Justicia ordenó suspender los subsidios a desocupados por presumir fines electorales

“Si era un circo electoral, entonces la función se suspendió”, celebró el abogado ante La Mañana. De esta manera, respondió a los funcionarios de organismos nacionales que lo habían criticado. El fallo de Servini responde a un recurso presentado por los apoderados del Frente de Todos a nivel nacional



Por Lisandro Argañaraz

La jueza electoral nacional María Romilda Servini ordenó al Gobierno nacional suspender la utilización de recursos nacionales para pagar un subsidio de 5 mil pesos a desocupados hasta después de las elecciones del 27 de octubre, por considerar que la acción puede tener fines proselitistas, apuntando a la compra de votos. De esta manera, su fallo coincide en un cien por ciento con la denuncia que el abogado formoseño Williams Dardo Caraballo había presentado ante el Juzgado Federal y que hoy está en manos del fiscal Luis Benítez.

Consultado por La Mañana, el exconcejal respondió a los funcionarios de las delegaciones locales de ANSeS, Diego Herrera, y Secretaría de Trabajo, Germán Villalba, quienes lo habían criticado con duros términos, afirmando que su presentación era “un circo electoral”.

“Si era un circo electoral, entonces la función se suspendió”, dijo Caraballo a este Diario, detallando que Servini le dio esta orden al Gobierno nacional de Mauricio Macri para “evitar cualquier situación que pudiera atentar contra el derecho a elegir libremente”.

“Si la jueza tomó esta decisión, entonces los delegados de ANSeS y de la Secretaría de Trabajo de Nación, Diego Herrera y Germán Villalba, son un par de pajarones atómicos. Ambos se refieren a una denuncia presentada como ciudadano elector por la presunta comisión de delitos electorales, previstos en el art. 139 inc. b) del Código Electoral ante el Juzgado Federal. Lo hicieron pretendiendo descalificarme en lugar de preocuparse por dar cumplimiento en el ámbito territorial que les compete a la forma en cómo se instrumentó el subsidio, sin perjuicio del trámite y resolución del Poder Judicial federal a la presentación efectuada”, expresó.

Agregó que el dictamen del fiscal Jorge Di Lello del miércoles pasado, antes de su presentación, avizoraba una resolución como la cautelar dictada por la jueza Servini. Esto es porque la línea sustentada sostiene que con el ropaje de “subsidio” se puede concluir que se compele al elector a votar de determinada manera.

“Eso se llama ‘compra de votos’ y caracterizó al ‘fraude patriótico’ de la ‘década infame’, cuando gobernó la Concordancia (integrada por los abuelos de varios funcionarios nacionales), que dieron el primer golpe de Estado derrocando al gobierno populista de Hipólito Yrigoyen”, dijo Caraballo.

Además, remarcó que si la maniobra denunciada, como afirma Villalba, “era un circo electoral”, entonces la jueza “suspendió la función hasta después de las elecciones del 27 de octubre” y deberá investigarse cómo se instrumentó en la provincia.

El mismo fallo de la jueza detalla que Formosa tenía asignados 34 millones de pesos para distribuir entre 6.800 beneficiarios.

Proselitismo

Caraballo aseveró que durante varias jornadas, algunos referentes del radicalismo local por distintos medios daban cuenta de la posible “poda” en la suma de $ 5.000 destinada a los desempleados y que en otras jurisdicciones seleccionarían a los beneficiarios a cambio de la fiscalización de los comicios, reclutando fiscales para Juntos por el Cambio.

“A este combo se suma que en un medio local, sus mismos correligionarios denunciaban que el radicalismo se maneja de manera turbia y que se utilizan instituciones como Aduana para sacar cosas para la campaña. Sería bueno que si tienen conocimiento de tamaña maniobra, aporten mayores precisiones para su esclarecimiento”, agregó.

Volviendo a la denuncia presentada, el abogado señala que deberá tenerse en cuenta el alcance territorial de la medida judicial y su acatamiento por parte de los responsables de la instrumentación y pago del beneficio, como también corroborar la base de datos utilizada. “Se hacen los desentendidos por la afinidad que comulgan a la ‘ley del ñembo’”, ironizó, pero remarcó que “denuncias como la mía se presentaron en distintas provincias y jurisdicciones, siendo la medida recaída en la presentada en la CABA por el apoderado del Frente de Todos del orden nacional, Dr. Jorge Landau”.

Ahora, concluyó, habrá que esperar que pasen las elecciones para “evitar esta maniobra, sin descartar otras el mismo día 27, tanto a la hora del cierre de la votación como las instrucciones que ejecutarán en el escrutinio provisorio. Pero, al menos y por ahora, efectivamente la función del circo que montaron deberá suspenderse por orden judicial”.

Qué dice el fallo

La jueza María Romilda Servini, en su fallo, dispuso una orden de restricción en forma preventiva y previa a la sustanciación de este proceso, al ministro de Producción y Trabajo de la Nación, Dante Sica, y al secretario de Empleo de la Nación, Fernando Prémoli, “al solo efecto de que se abstengan a disponer de los fondos de dicho Ministerio, para dar cumplimiento con la Resolución N° 1.177, hasta pasadas las elecciones Generales previstas para el día 27 de octubre próximo”.

Esta resolución del Gobierno nacional fue firmada el 3 de octubre pasado por el mencionado Fernando Prémoli, pero no fue publicada en el Boletín Oficial. La medida establece el “Subsidio Extraordinario Situación de Desempleo” por $ 5.000 por única vez para desocupados ´mayores de 18 años´ con DNI, CUIL y que no percibieran otros ingresos vía prestaciones sociales o previsionales. Al mismo tiempo, se fijaba el 8 de noviembre como fecha tope para el cobro”.

La jueza coincidió con los apoderados del “Frente de Todos”, Jorge Landau y Gerónimo Ustarroz, quienes exponían que este subsidio “encuadraría en las prescripciones del artículo 139 inciso b del Código Electoral de la Nación, que pena a quien compeliere a un elector a votar de una manera determinada”.

En otro tramo de la presentación, se plantea que “no se trataría de una medida de orden general, sino de una herramienta para los actuales funcionarios que quieran presentarse a una reelección, para cambiar el voto de las personas necesitadas de esta clase de ayuda social, lo que encuadraría en el tipo penal denunciado en este sumario, agregando además que afecta directamente a los partidos políticos que no cuentan con estos elementos, violando el principio de igualdad del proceso electoral”.

“Dicha presunción de la existencia de los derechos vulnerados por la medida se ve reforzada por el hecho de que, habiendo transcurrido una semana del dictado de la resolución cuestionada, no fue publicada en el Boletín Oficial, ni fue dada a conocer por ningún otro medio a disposición del Ministerio de Producción y Trabajo”, se resalta en el fallo dado a conocer ayer.



Comentarios
Los comentarios publicados al final de cada nota son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden generar sanciones legales. La empresa se reserva el derecho de moderar los comentarios y eliminar aquellos que sean injuriosos o violatorios de cualquier legislación vigente.
Todos los Derechos Reservados © 2024 Editorial La Mañana

La Mañana
RSS
Sitemap

Redes Sociales
Facebook
Instagram
Twitter

Miembro de
Logo Adepa
Adherente a Programas
ONU mujeres

Logo Footer