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México: ordenan crear reglas para el uso medicinal de la marihuana tras fallo favorable

La SCJN le ordenó a la Secretaría de Salud que cumpla con el deber legal de" armonizar" las disposiciones en el uso terapéutico de la cannabis y sus derivados en un plazo de 180 días hábiles



La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) amparó hoy a un menor de 15 años con discapacidad para que pueda usar marihuana medicinal, ya que necesita un tratamiento que requiere utilizar derivados de la planta, tales como el THC (tetrahidrocannabinol).

La Segunda Sala del máximo tribunal votó de manera unánime para garantizarle al joven el tratamiento médico integral que requiere para su padecimiento y también le ordenó a la Secretaría de Salud (SSA) que "cumpla con el deber legal de armonizar las disposiciones en el uso terapéutico de la cannabis y sus derivados en un plazo de 180 días hábiles".

El menor de edad, llamado Carlos Avilés Garfias, tiene un diagnóstico de epilepsia fármaco resistente asociada con el síndrome de West. Con el fin de mejorar sus salud, su médico le prescribió un aceite con cannabidiol (CBD), pero generó tolerancia a dicha sustancia, presentando síntomas que no se lograron controlar.

EL THC  entre otros componentes de la marihuana, se usan con fines medicinales, sobre todo para evitar crisis epilépticas (Foto: Archivo)
EL THC entre otros componentes de la marihuana, se usan con fines medicinales, sobre todo para evitar crisis epilépticas (Foto: Archivo)

Por lo tanto, se le recomendó sustituir el tratamiento con una preparación con THC, pero la cantidad que necesita Avilés Garfias contiene un porcentaje de la sustancia que es ilegal en México, de acuerdo con su madre, Margarita Garfias.

"Se ha mantenido sin crisis epilépticas, con su sistema inmunológico estable. A la fecha, llevamos tres años sin hospitalizaciones, cuando antes estas eran de manera mensual. Pero queremos salir de la ilegalidad", señaló Garfias.

Para la SCJN, con la ausencia de las normas que regulen el uso terapéutico de la cannabis, se imposibilita al quejoso acceder a un tratamiento con base en esta sustancia o cualquiera de sus derivados dentro del país, situación que, inevitablemente, resta eficacia a su derecho a la salud al no establecer las condiciones necesarias para ejercerlo.

El anuncio de la Corte mexicana (Foto: Twitter @SCJN)



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