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Otro Tribunal Oral autorizó a Florencia Kirchner a quedarse en Cuba hasta el 15 de abril

El TOF 8, que la juzgará por el caso Hotesur, permite extender su estadía en el Caribe. Pero el TOF 5, que tiene la causa Los Sauces, mantiene la fecha de retorno para el 4 de abril.



A horas de que se cumpla el plazo establecido por el Tribunal Oral Federal 5 (TOF 5) para que Florencia Kirchner regrese al país, el Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8), que también la juzgará por otro caso de corrupción, la autorizó a permanecer en Cuba hasta el 15 de abril. En tanto, la defensa de la hija de la ex presidenta, a cargo de Carlos Beraldi, debe presentar este miércoles toda la documentación respecto al estado de salud y la historia clínica completa de Florencia. La hija de la ex Presidenta está procesada en dos expedientes y ante los cuales debe rendir cuentas frente a dos tribunales, que la juzgarán junto a su madre, su hermano y otros acusados por supuesto lavado de dinero en las causas Hotesur y Los Sauces, nombres de las empresas de su familia. Las exigencias de ambos TOF son totalmente independientes, y aunque uno de ellos haya aceptado el regreso de Florencia para el 15 de abril, si el otro mantiene su exigencia para que regrese el día 4 esa será la fecha en que deba pisar la Argentina.Este lunes Cristina Kirchner hizo público el pedido para revocar el plazo del 4 de abril para el regreso de su hija a la Argentina. Allí, argumentó que a raíz de una serie de problemas de salud que ya presentaba pero que se habrían visto agudizados durante su estancia en el Caribe, Florencia Kirchner "debió realizarse una serie de estudios médicos a través de los cuales se determinó que padecía de una severa patología, la cual tornaba imposible su regreso al país en la fecha informada".Después que el Tribunal Oral Federal 5 -encargado del caso Los Sauces- rechazó revocar el plazo fijado para que Florencia regrese este 4 de abril, otro plazo impuesto por esos mismos jueces vence este miércoles: el que exige a la defensa presentar "debidamente certificadas por las autoridades de la embajada argentina en aquél país, de la historia clínica completa y actualizada de Florencia Kirchner y formatos físico y digital de los estudios por imágenes que eventualmente se le practicaron y las que puedan realizarse en esa semana de plazo, como así también un nuevo certificado médico que detalle pormenorizadamente el diagnóstico completo con especificación de causa, tipología e intensidad de la patología sufrida, y tratamiento al que se está sometiendo a la nombrada".También se exigió que la defensa de Florencia Kirchner informe datos del domicilio actual en donde su asistida se aloja en Cuba, y que informe, "previo a que la imputada emprenda el viaje de regreso, los datos del vuelo que oportunamente contrate".Para este Tribunal integrado por los jueces Daniel Obligado, Adriana Palliotti y José Martínez Sobrino, la hija de la Senadora de Unidad Ciudadana debe regresar este jueves 4 de abril. En paralelo, el Tribunal Oral Federal 8 (TOF 8) que lleva la causa Hotesur donde la familia Kirchner está procesada por lavado de dinero a través de los negocios hoteleros, autorizó a Florencia Kirchner a permanecer en Cuba hasta el 15 de abril.En la resolución del TOF 8, se señaló que en ambos expedientes Florencia Kirchner "se ajustó a derecho" durante la instrucción. "Ninguno de los representantes del Ministerio Público Fiscal manifestó que nos encontremos ante alguna situación concreta que implique en la actualidad, y de manera cierta, un riesgo procesal que amerite contradecir lo aconsejado por todos los galenos que intervinieron en el caso, con la exigencia de una vuelta inmediata al país por parte de la imputada".En consecuencia, determinaron que el plazo para su regreso es el 15 de abril. La decisión se tomó porque para el TOF 8 integrado por los jueces Sabrina Namer, Gabriela López Íñiguez y Nicolás Toselli, la hija de la ex Presidenta debía regresar este miércoles al país, por ello firmaron la resolución con la prórroga.Al momento de argumentar la prórroga otorgada a Florencia Kirchner, señalaron la falta de riesgos procesales y en segundo lugar, que las "manifestaciones efectuadas por todos los profesionales intervinientes, que cuentan con un conocimiento específico en la materia -del que los suscriptos carecemos-, sostienen que ante el cuadro de salud que presenta la imputada no resulta aconsejable que viaje en avión".Asimismo, se planteó que como requirió el TOF 5, la defensa de Florencia debe presentar ante el tribunal las "fotocopias digitalizadas o en formato físico de la totalidad de la historia clínica de la imputada y de los estudios que se le realizaron o realizarán, con el respectivo informe por parte de los profesionales que la asistan del tratamiento que se le realiza; de los pasos a seguir con la paciente; detalle de las patologías que sufre y la aclaración acerca de la posibilidad de llevar adelante el tratamiento en la República Argentina".También se requirió que se informe si los motivos por los cuales "no puede volver resultan vinculados a limitaciones para que viaje en avión, informe el alcance de esas limitaciones y, en su caso, la imposibilidad de prevenirlas o evitarlas mediante las medidas médicas correspondientes".Según aseguró su abogado, Florencia Kirchner está siendo asistida por el Centro de Investigaciones Médico-Quirúrgicas dependiente del Ministerio de Salud de la República de Cuba (CIMEQ) que expidió el certificado médico que indicaba que la hija de la ex Presidenta, padece: "como diagnóstico principal (definitivo) un trastorno de estrés postraumático, indicándose como otros diagnósticos los siguientes: Síndrome purpúrico en estudio; Polineuropatía sensitiva desmienilizante de etiología desconocida; Amenorrea en estudio; Bajo peso corporal y Linfedema ligero de miembros inferiores de etiología no precisada".

Fuente: www.clarin.com
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