La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó un fallo que ordena a un hombre a pagar ocho millones a su ex esposa, una licenciada en Economía de 70 años que durante casi 30 años se dedicó a las tareas del hogar.
En diálogo con La Mañana, la Dra. Mariana Gallego, especialista en derechos de familia con gran experiencia en casos de compensación se refirió a este hecho puntual y explicó por qué la Justicia sumó la perspectiva de género en la sentencia, cuestionando la subordinación a la que se somete a la mujer.
“Este caso es justo, porque se analiza desde una cuestión objetiva. No sucede en todos los casos”, valoró. Explicó así que “si no pasa más de 6 meses desde la sentencia de divorcio o uniones convivenciales, las mujeres pueden reclamar una compensación económica. Pero no en todos los casos se puede dar”.
“Debe generarse al momento de la separación un empobrecimiento de la mujer, un desequilibrio en relación a la vida que lleva el hombre a causa de la ruptura. Tiene que ver con varios factores: la edad de la mujer, la capacidad laboral, la dedicación que le dio al marido, a la casa, a lo largo del matrimonio y otras cuestiones que establece el Código”, comentó.
En cuanto a las formas en que una mujer puede comprobar que le corresponde esta compensación, dijo: “Debe cumplir el plazo legal, demostrar que ella dedicó su vida o los años que estuvo casada, a las tareas del hogar y que eso le impidió desarrollarse profesionalmente, o estudiar o trabajar, y que, al momento de la separación, la ruptura la deja en un nivel inferior al marido”.
El fallo es histórico porque marca un reconocimiento al trabajo doméstico de las amas de casas, no pago. Además, abre un abanico para muchas mujeres que por una situación de dependencia económica –y una imposibilidad a la independencia- son sometidas a relaciones forzosas y violentas.
Dra. Mariana Gallego