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SISTEMA ELECTORAL

La Ley de lemas, más de 30 años de vigencia

Comenzó con una decena de sublemas en 1987 y para las elecciones del domingo habrá 54 en el lema del PJ, y 13 en el Frente Amplio. En total hay 79 sublemas oficializados para el 16



Denostada por la oposición, defendida por el oficialismo, pero utilizada por todos, la Ley de Lemas lleva vigente en la provincia 32 años desde que se la sancionara en la Legislatura en una sesión celebrada el 1 de abril de 1987, durante el gobierno de Floro Bogado y en pleno año electoral en el que se ponía en juego la renovación del gobernador y vice.

El funcionamiento de este sistema electoral se basa en que casa partido político constituye un Lema, y todas las fracciones o movimientos internos de ese partido pueden presentarse a elecciones con candidatos propios, los cuales vienen a constituir los denominados Sublemas.

El total de votos que se adjudica cada partido político (Lema), corresponde a la suma de los votos que hayan recibido todos los sublemas de ese partido o lema. Esto determina el número de cargos que obtiene ese lema.

La asignación de cargos se distribuye en forma proporcional a los votos obtenidos por los sublemas. La asignación de bancas se realiza a través del sistema D´Hont de representación proporcional.

La sanción de la ley

En una maratónica sesión del 1 de abril de 1987, la ley de lemas presentada por los diputados renovadores Dolia Beatríz Nacif de Flores y Daniel Calderón, se aprobada por 16 votos contra 15. Previamente hubo un empate y tuvo que desempatar el propio Lisbel Rivira, quien presidía la sesión.

La crónica publicada por La Mañana en aquella jornada señala que “al momento de la votación, 14 justicialistas más un desarrollista se volcaron por la afirmativa, en tanto que el bloque de la UCR respaldado por los tres restantes midistas rechazaron su sanción. Esto motivó un empate en 15 votos, propiciándose la intervención del titular del cuerpo, Lisbel Rivira, quien con su pronunciamiento afirmativo convirtió en ley el proyecto”.

El debate de la ley se extendió por más de dos horas en el recinto de sesiones, “con la barra colmada por expectante pública”, informaba este Diario, apuntando que “causó sorpresa el voto negativo del midista José Isaac , derivando ello en un empate por lo que debió definir el presidente del cuerpo”.

Los radicales Carlos Alberto Lynch y Estanislao Trachta fueron los representantes de esa bancada que con mayor énfasis pusieron resistencia a la sanción del proyecto, asegurando, en varios pasajes de la sesión, que su aplicación “causará confusión en el electorado”.

“Por el lado desarrollista, Agustín Elías dio su incondicional apoyo al proyecto de ley de lemas, al igual que José Isaac Peña, aunque este finalmente votó en contra, al igual que los restantes midistas, Rodolfo Emilio Rhiner y Aníbal Hardy”, finalizaba la crónica de aquella sesión.

Tres días después, el 4 de abril de 1987 el congreso justicialista presidido por Ernesto Branda proclamaba la fórmula Vicente Joga-Gildo Insfrán, con vistas a las elecciones previstas para el 6 de setiembre de ese año.

En el debut de la Ley de Lemas en la provincia el justicialismo obtuvo ese año una victoria ante le fórmula del radicalismo integrada por Alberto Maglieti y José María Parajón. La fórmula Joga-Insfrán, con 8 sublemas incorporados a su lema, lograba 82.220 votos contra 72.035 del binomio de la UCR.

Modificaciones a la ley

A lo largo de estos 32 años de vigencia, la ley tuvo varias modificaciones en su texto original, y quizás la más importante fue la del 2011, cuando la oposición bajo el lema Frente Amplio se aprestaba a participar de las elecciones a gobernador con tres sublemas encabezados por Ricardo Buryaile(UCR), Vicente Joga (PJ disidente) y el sacerdote Francisco Nazar (Opción Social y Popular).

Esta intención de los sectores de la oposición fue desbaratada por el oficialismo meses antes de los comicios, al eliminar la ley de lemas para la categoría de gobernador y vice. En octubre de ese año Gildo Insfrán obtenía una aplastante victoria con más del 70% de los votos sobre el candidato del arco opositor, Francisco Nazar.

Fue en la sesión del 30 de junio de 2011, cuando el oficialismo promovió una nueva modificación de la ley de lemas Nº 653, derogándola para la categoría de gobernador y vicegobernador, los que a partir de esa fecha serán elegidos en forma directa y a simple pluralidad de sufragios, quedando subsistente la ley de Lemas para la elección de todos los cargos públicos electivos provinciales, municipales y de comisiones de fomento.

En la sesión, el proyecto de ley fue rechazado por el radicalismo y fue aprobado con los 21 votos de los diputados justicialistas presentes. Estuvieron ausentes Adrián Bogado, del PJ, y Ariel González y Olga Sbardella de la UCR.

De esa manera, el articulo 1º de la Ley Nº 653 que quedó redactado así: “Adóptese para la provincia de Formosa el siguiente sistema electoral, en el que, a los efectos de esta Ley, se entenderá por “LEMA” la denominación de un Partido Político y “SUBLEMA” se definirá como una fracción de un LEMA, para todos los actos y procedimientos electorales, de conformidad con las prescripciones de la presente ley para la elección de Convencionales Constituyentes, Diputados Provinciales, Intendentes, Presidentes de Comisiones de Fomento y Concejales para toda la provincia o por Localidades, los que deberán ser registrados ante el Tribunal Electoral Permanente de la Provincia”.

Tras esa reforma, el articulo 5º de la Ley Nº 653 quedó redactado de la siguiente manera: “La elección a Gobernador y Vicegobernador, Intendentes y Presidentes de Comisiones de Fomento, se efectuará en forma directa y a simple pluralidad de sufragios, para cada caso. Para ello, los votos emitidos a favor de cualquier Sublema para el caso de Gobernador y Vicegobernador se acumularán al Lema y para el caso de Intendentes y Presidentes de Comisiones de Fomento se acumularán a favor del sublema que haya obtenido mayor cantidad de sufragios y que en consecuencia será el que represente al Lema. En el supuesto que se produzca un empate de votos entre estos candidatos y siempre que ello incida en la adjudicación final de los cargos, se procederá a una nueva elección limitada a las nominaciones igualadas”.

Tapa del diario La Mañana anunciando la sanción de la ley de lemas en 1987.

Ventajas y Desventajas

La ley de lemas busca evitar divisiones dentro del partido reemplazando las internas por la participación de los sublemas en las elecciones generales. Originariamente este sistema fue pensado para poner fin a las metodologías propias de las internas partidarias y no elegir candidatos a espaldas de la ciudadanía.

Pero en lugar de integrar las opiniones y los intereses políticos en torno a los grandes partidos, promueve un fraccionalismo que atenta luego contra la gobernabilidad, dado que el elenco gobernante puede llegar a estar integrado por distintas fracciones agrupadas en los sublemas. La fragmentación y debilitamiento de los partidos son también consecuencia de la aplicación de la ley de lemas.

Otro inconveniente que presenta este sistema es que el elector no sabe a quien beneficiará en última instancia su voto.

Puede ocurrir que el candidato (sublema) que más votos obtuvo individualmente no pertenezca al partido que mayor cantidad de votos obtuvo y que, por lo tanto no gane la elección.

En las provincias donde está vigente esta ley se ha incrementado notablemente el número de lemas y sub-lemas de una elección a otra. Este aspecto no solo ha creado dificultad a los votantes, debido a la complejidad de la oferta electoral sino también en la realización de cómputos, produciéndose demoras en el resultado del escrutinio definitivo.



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